Finalmente, la justicia ordenó que el Club Hípico de la ciudad de Buenos Aires indemnizara a un jinete ciego, puesto que, lo discriminaron de tal manera, que no le dejaban practicar el deporte en sus instalaciones.
La cuantía de la multa asciende a 40 mil pesos más los intereses, que serán desde la fecha en que le dijeron que no podía practicar en aquellas instalaciones ( desde el 20 de octubre de 2004 ) cuando la Comisión Directiva del club aceptó su calidad de socio, pero sin poder practicar en sus instalaciones equitación y tampoco adiestramiento.
Así lo relataba el diario Clarín y que además en el año 2003 la víctima había podido entrenar para los Segundos Juegos Parapanamericanos, pero después no le dejaron practicar por su ceguera para asombro de él y sus compañeros.
Así lo relataba el diario Clarín y que además en el año 2003 la víctima había podido entrenar para los Segundos Juegos Parapanamericanos, pero después no le dejaron practicar por su ceguera para asombro de él y sus compañeros.
Finalmente la Cámara Federal anuló la prohibición que un tribunal de primera instancia había avalado y entonces sentenció que toda restricción que tuviera que ver con una discapacidad, sería discriminatoria.
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